DOG 21 (31/01/23) – Consellería Ec., Empleo y Ind – Concurrencia NO Competitiva (Presentar YA!) – Orzam. 17,450 mill € – Presentac. Telemática – Ct realizados desde 01/10/22 al 29/09/23 – Benef: CUALQUIERA
1. Incentivos a lana contratación indefinida inicial a jornada completa
Ct. INDEFINIDOS INICIALES la jornada completa realizados a Desempleados que cumplan:
Requisitos y Ayudas
A) CT. a MENORES 30 AÑOS: | Ayuda: 6.000 € | B) CT. a PARADOS DE LARGA DURACIÓN: | Ayuda: 10.000 € |
C) CT. a MAYORES 55 AÑOS: | Ayuda: 10.000 € | D) CT. a EMIGRANTES RET. O EXTRANJ | Ayuda: 10.000 € |
E) CT. a MUJERES: | Ayuda: 14.000 € | F) CT. a DISCAPAC. O RIESGO EXCLUSIÓN | Ayuda: 16.000 € |
Incrementos (25%):
A) Concello Rural | B) Persona mayor 45 años | C) Mujer |
D) Trans | C) Sector Mujer Infrarrepresentada |
Obligaciones y Excepciones:
- Mantener él Ct Indefinido al menos 24 meses
- Él Ct tiene que ser la jornada completa (excepto Discapacitados el RES)
- Excepción: Ct. con personas que trabajasen en esa empresa con Ct indef el temporal y en el transc 6 al 3 meses (resect)
- Excepción: Ct. con familiares
INCREMENTO AYUDA POR FORMACIÓN (4.000 €)
- Mínimo 70 horas (que se realizará en los 3 primeros meses de Ct)
2. Incentivos al incremento de la jornada de un ct indefinido inicial
Los incrementos de jornada, de las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo parcial realizadas serán subvencionables cuando alcancen el 100 % de la jornada común o de la establecida en el convenio colectivo
Requisitos y Ayudas
Se pagará una ayuda de 2.000 € (salvo que sean Discapacitados que será de 3.000 €)
3. Incentivos incremento de los ct. fijos-discontinuos (mí 9 meses)
Excepto Ct. con Personas Discapacidad el RES (que podrán ser la tiempo parcial)
Requisitos y Ayudas
Se pagará una ayuda de 4.000 €
4. Ayudas adaptación de los puestos de trabajo a los discapacitados
Adaptación de los puestos de trabajo o por la dotación de equipamientos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales a la persona trabajadora con discapacidad
Requisitos y Ayudas
Se pagará una ayuda de 1.000 €
EXCUSIONES (EN El TENDRÁN AYUDA):
- Las relaciones laborales de carácter especial, así como las contrataciones de trabajadores para prestar servicios en otras empresas mediante contratos de puesta a la disposición.
- Los contratos realizados con el cónyuge, los ascendentes, los descendientes y demás parientes, por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado #inclusive, de la empresaria o empresario o de las personas que tengan cargos de dirección. No será aplicable esta exclusión cuando la persona empleadora sea una persona trabajadora autónoma que contrate como persona trabajadora por cuenta ajena a los hijos y hijas menores de 30 años, tanto se conviven o no con él o cuando se trate de una persona trabajadora autónoma sin personas asalariadas, y contrate a un solo familiar menor de 45 años que no conviva en su hogar ni esté a su cargo.
- Las contrataciones realizadas con personas trabajadoras que en los 6 meses anteriores a la fecha de la contratación prestaran servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido o nos últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal. El dispuesto en este párrafo será también de aplicación en el supuesto de vinculación laboral anterior de la persona trabajadora con empresas a las cuales la persona solicitante.
DEFINICIONES:
- Persona desempleada: Aquella inscrita como demandante de empleo en el SEPE (en el momento del Ct) y que carezca de ocupación
- Persona chica: Aquella que tenga menos de 30 años en el momento del inicio de su relación laboral
- Persona desempleada de larga duración: Aquella que en la fecha de su contratación por cuenta ajena esté sin trabajo y acredite un período de inscripción como despedida en el SEPE de, por lo menos, 12 meses durante los 18 meses anteriores a su contratación. Este período de doce meses no tiene que ser ininterrumpido.
- Persona con discapacidad: Aquella que tenga reconocida, por la Administración competente, una discapacidad en un grado igual o superior al 33 %.
- Persona en situación o riesgo de exclusión social: Persona perceptora de la renta de inclusión social de Galicia o miembros de su unidad de convivencia o la persona que tenga el certificado emitido por los servicios sociales acreditativo de la @dito situación social
- Ayuntamiento rural: Se consideran ayuntamientos rurales todos los ayuntamientos gallegos excepto los siguientes: Cambre, A Coruña, Culleredo, Ferrol, Narón, Oleiros, Santiago de Compostela, Lugo, Barbadás, Ourense, Poio, Pontevedra y Vigo